¡Cuentas pendientes!
Acusan opacidad en Alto Lucero por contratos y gastos de la fiesta patronal de Roque Castillo
* El Ayuntamiento no entregó el contrato con la empresa que organizará el baile del 22 de noviembre ni documentos que acrediten las condiciones de uso del campo deportivo municipal
* La Tesorería atribuyó al promotor privado los gastos y la recaudación, mientras reportó recursos públicos bajo el concepto de “Actividades Culturales”
* Una solicitud de transparencia exhibe cuestionamientos sobre la información presupuestal y las respuestas de la administración municipal
Ricardo Siliceo
Alto Lucero, Ver., 3 de noviembre de 2026.- Entre contratos que no aparecen, documentos presupuestales que no fueron entregados y portales de transparencia que, según el solicitante, no permiten consultar la información requerida, la administración de Roque Castillo Castillo enfrenta cuestionamientos por el manejo de los datos relacionados con la fiesta patronal 2026.
El señalamiento deriva de la respuesta a la solicitud de acceso a la información con folio 950541626000052, en poder de Golpe Político, sobre la organización del “Bailazo de Fiesta Patronal 2026”, programado para el próximo 22 de noviembre en el Campo Deportivo Municipal. La información proporcionada por el Ayuntamiento no incluyó documentación clave para conocer las condiciones bajo las cuales se realizará el evento.
En su contestación, la Tesorería Municipal, encabezada por Daniel Zahit Castillo Aguilar, informó que el espectáculo estará a cargo de la empresa privada Producciones y Espectáculos Vermex, cuyo titular es Axel Uriel Ávila Montes.
Según la dependencia, el empresario asumirá los gastos, la logística y la recaudación por la venta de entradas. Sin embargo, no entregó copia del contrato, permiso, concesión o convenio que permita conocer los términos de la operación y las condiciones para utilizar un inmueble municipal.
La omisión resulta relevante ante los precios reportados para las mesas, que oscilan entre los 2 mil 700 y los 5 mil pesos. Sin el documento correspondiente, no es posible conocer las obligaciones de las partes, las condiciones pactadas ni las garantías establecidas para el uso del espacio público.
La respuesta de la Tesorería también señaló que los recursos provenientes de Participaciones e Ingresos Propios destinados a las festividades en honor a Cristo Rey se registrarían bajo la partida contable de “Actividades Culturales”.
No obstante, de acuerdo con la documentación revisada por el solicitante, el Ayuntamiento no adjuntó los documentos de suficiencia presupuestal aprobados por el Cabildo ni los dictámenes financieros que permitan verificar el monto autorizado y el destino específico de esos recursos.
El problema no se limita a conocer cuánto costará la celebración: también implica establecer qué parte corresponde al erario, qué gastos cubrirá el promotor privado y cómo se fiscalizará el ejercicio del dinero público, en caso de que exista una asignación para estas actividades.
Los cuestionamientos aumentaron, según el solicitante, al revisar las plataformas institucionales a las que fue remitido por el Ayuntamiento. En ellas no habría localizado información desglosada de la partida “Actividades Culturales” ni datos específicos sobre los recursos destinados a las fiestas patronales de 2026.
Además, la respuesta oficial sugirió acudir presencialmente a las oficinas de la Tesorería Municipal para aclarar dudas sobre la información pública. Una indicación que genera interrogantes sobre la accesibilidad de los documentos, especialmente cuando la solicitud se presentó por la vía electrónica.
La consulta presencial, por sí sola, no permite concluir que exista una infracción; sin embargo, la autoridad debe justificar su respuesta conforme a las reglas aplicables y entregar la información pública que corresponda en los términos establecidos por la ley.
La administración de Roque Castillo tiene pendiente aclarar qué instrumento jurídico autoriza a Producciones y Espectáculos Vermex a organizar el baile en el campo deportivo, cuáles son las condiciones económicas pactadas y si existe presupuesto municipal destinado a la festividad.
También debe precisar qué documentos respaldan la asignación de recursos y dónde pueden consultarse los registros presupuestales correspondientes.
Por ahora, las omisiones señaladas no acreditan por sí mismas un desvío de recursos ni una responsabilidad administrativa, pero sí dejan preguntas relevantes sin respuesta documental. Corresponderá a las instancias competentes determinar si la contestación del Ayuntamiento se ajustó a las obligaciones de transparencia y si procede alguna revisión o investigación.

