EPAT celebra resolución de la SCJN sobre pirotecnia: “Ninguna tradición puede estar por encima de los derechos”
* La asociación animalista de Teocelo calificó como histórico el fallo que obliga a los municipios a evaluar los riesgos para menores con autismo antes de autorizar el uso de cohetes en fiestas patronales
Sandy Barradas
Teocelo, Ver., 29 de octubre de 2026.- La asociación Educación y Protección Animal de Teocelo (EPAT) celebró la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el uso de pirotecnia en festejos populares.
A través de sus redes sociales, consideró que el fallo representa un avance importante en la protección de los derechos y la integridad de las personas, particularmente de niñas y niños con autismo.
La organización calificó el caso como un hecho histórico y de gran relevancia para Teocelo, Veracruz y México y destacó que una situación que comenzó con la lucha de una madre por proteger a su hija terminó trascendiendo al ámbito nacional.
EPAT sostuvo que ninguna práctica o tradición debe estar por encima de los derechos humanos, la salud y la integridad de las personas, especialmente cuando existen condiciones particulares que requieren protección, como el trastorno del espectro autista (TEA).
Además instó a reflexionar sobre las consecuencias que las detonaciones de cohetes pueden ocasionar en personas con hipersensibilidad auditiva.
El pronunciamiento se da luego de que la SCJN resolviera un amparo promovido por una madre de Teocelo, cuya hija tiene autismo e hipersensibilidad auditiva.
La mujer aseguró que el estruendo de los cohetes le provocaba crisis sensoriales, ansiedad, pánico y dolor auditivo.
Ante este caso, el máximo tribunal estableció que las autoridades municipales deben evaluar los riesgos para la salud de menores con autismo antes de autorizar el uso de pirotecnia durante fiestas patronales y celebraciones populares.
Pero si los riesgos no pueden prevenirse, los ayuntamientos podrán negar los permisos correspondientes.
La asociación también destacó que el caso sienta un precedente de alcance nacional, al establecer que los gobiernos municipales deben tomar en cuenta el impacto del ruido en la población, especialmente en niñas y niños con discapacidad.