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Sefiplan aclara cifras sobre supuesto subejercicio del gasto público de 2025

* La dependencia señaló que para determinar el ejercicio de los recursos deben considerarse las distintas etapas del gasto y no únicamente los montos pagados al cierre del año

Xalapa, Ver., 01 de octubre del 2026.- Ante la información difundida sobre un supuesto subejercicio del gasto público durante 2025, la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) precisó que las cifras deben analizarse a partir de la Cuenta Pública Consolidada del Poder Ejecutivo, la cual contempla las distintas etapas del ejercicio presupuestal.

La dependencia explicó que el análisis considera los recursos autorizados, modificados, comprometidos, devengados y pagados, además de aquellos que fueron contratados y estaban pendientes de ejercer, así como los que permanecían sin contratar al cierre del ejercicio.

Sefiplan señaló que esta distinción permite identificar qué recursos ya contaban con un destino formal, cuáles estaban pendientes de pago y qué montos aún no tenían un contrato. Por ello, indicó que considerar únicamente el dinero pagado al 31 de diciembre no permite determinar, por sí solo, la existencia de un subejercicio.

En el caso de la Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas, durante 2025 se contó con 4 mil 652.7 millones de pesos para inversión. De este monto, 4 mil 317.2 millones de pesos, equivalentes al 92.8 por ciento, estaban comprometidos, mientras que 335.5 millones, el 7.2 por ciento, permanecían sin contratar al cierre del año.

Respecto al sector Salud, la dependencia precisó que el ejercicio de los recursos alcanzó 99.9 por ciento, con un subejercicio de 62 mil 703 pesos, y no de 3 mil 512 millones de pesos.

La Secretaría explicó que para este análisis debe considerarse la información consolidada que presenta Sefiplan, debido a que integra los datos correspondientes a ingresos y egresos de distintos recursos estatales y federales, cuyos montos pueden modificarse durante el ejercicio fiscal, entre ellos el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA) y el subsidio estatal.

La dependencia subrayó que es necesario diferenciar entre los recursos que ya tenían un compromiso formal y aquellos que todavía no habían sido asignados mediante un contrato, debido a que ambas situaciones no representan lo mismo en términos del ejercicio presupuestal.

Asimismo, recordó que el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera establece que las transferencias federales etiquetadas, como el Fondo de Infraestructura Social para las Entidades (FISE) y el Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM), que hayan sido comprometidas al cierre del ejercicio pueden pagarse durante el primer trimestre del año siguiente, a más tardar el 31 de marzo.

Una vez concluido dicho plazo, los recursos remanentes deben ser reintegrados a la Federación, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

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