Nos cuentan que diputados y senadores están muy seguros de que podrán resolver el empalme de las Legislaturas LXV y LXVI que a todo mundo se le pasó arreglar en la reforma constitucional del año 2014. Sin embargo, nos hacen ver, hay un “pequeño” problema: la propia Constitución, en su artículo 105, fracción II, establece que “las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse”, pero, justo el 1 de septiembre inicia al mismo tiempo el nuevo periodo de sesiones del Congreso y el proceso electoral 2024, por lo que por ley, los legisladores no podrían hacer las modificaciones para resolver el empalme de las legislaturas saliente y entrante. A menos que utilicen la famosa doctrina que dice: “No nos vengan con que la Constitución, es la Constitución”.   |  Se puede leer en “Bajo Reserva” de El Universal.