Xalapa, Ver., 29 de agosto de 2022.- La prisión preventiva oficiosa es un mecanismo que garantiza a las víctimas la libertad de denunciar a los agresores, sobre todo cuando se trata de delitos graves.

«Si los agresores se libran de esta prisión la víctima va a regresar a reiterar sus denuncias».

En este sentido se posicionó a favor de que esta medida se mantenga, respetando siempre el derecho de ellas víctimas a ser protegidas.

Recordó que quienes tienen la facultad de reformar el artículo 19 constitucional es el Congreso de la Unión, no la Suprema Corte de Justicia de Nación, por lo que se espera una discusión de fondo.

El pasado 17 de agosto, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar anunció que la SCJN analizará los amparos en revisión 355/2021 y la acción de inconstitucionalidad 130/2019, relacionados con la prisión preventiva oficiosa que dilucidarán si dicha figura es inconvencional y si la Constitución puede ser declarada inconstitucional o inconvencional.