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¡Adiós a la inmunidad!

Fuero procesal de alcaldes y síndicos de Veracruz podría desaparecer; reforma plantea eliminar aval previo del Congreso

* El proyecto señala que se mantendrían la presunción de inocencia, el derecho a una defensa adecuada y el debido proceso

Yazmín Hernández

Xalapa, Ver., 17 de septiembre de 2026.- Los presidentes municipales, integrantes de concejos municipales y síndicos de Veracruz podrían dejar de requerir la declaración de procedencia del Congreso del Estado para enfrentar un proceso penal, de aprobarse una iniciativa enviada este jueves por la gobernadora Rocío Nahle García.

La propuesta contempla reformar el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, con el objetivo de retirar a estas autoridades municipales de la lista de servidores públicos que actualmente cuentan con inmunidad procesal penal. La disposición vigente establece que el Congreso debe declarar si ha lugar a proceder contra diversos funcionarios, entre ellos presidentes municipales, integrantes de concejos municipales y síndicos.

De acuerdo con el proyecto, las autoridades competentes podrían iniciar acciones penales contra alcaldes y síndicos sin que previamente el Congreso tenga que emitir una declaración de procedencia.

La iniciativa precisa que este cambio no implicaría que una denuncia penal genere automáticamente la separación del cargo. Los funcionarios municipales conservarían derechos como la presunción de inocencia, el derecho a una defensa adecuada y el debido proceso durante cualquier investigación.

En la exposición de motivos, el Ejecutivo estatal plantea que la autonomía de los municipios debe mantenerse como una protección institucional y no confundirse con la inmunidad procesal de las personas que ocupan temporalmente cargos de elección popular.

La propuesta contempla retirar este requisito únicamente a las autoridades municipales, por lo que la declaración de procedencia continuaría aplicándose a los demás servidores públicos incluidos en el artículo 78 constitucional.

En caso de ser aprobada por el Congreso local, la reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

Además, se establece un periodo de 60 días naturales para adecuar la legislación secundaria a la nueva disposición.

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