Sueldo regulador del IPE: ni nuevo ni generalizado; se aplica desde 2017
* El Instituto reporta 3 mil 767 procedimientos bajo este esquema, de un universo superior a 38 mil pensionistas
* La figura está contemplada en la Ley 287 de Pensiones del Estado, aprobada en 2014
Rosario Martínez/Foto: Archivo
Xalapa, Ver., 28 de agosto del 2026.- Un total de 3 mil 767 procedimientos pensionarios han utilizado el sueldo regulador desde 2017, de acuerdo con información proporcionada por el Instituto de Pensiones del Estado (IPE), en medio de una controversia sindical por los efectos que este método de cálculo puede generar en quienes obtuvieron aumentos salariales importantes antes de retirarse.
La cifra corresponde a un universo superior a 38 mil pensionistas, por lo que el mecanismo no se aplica de manera indistinta a todos los jubilados y pensionados de Veracruz. Su utilización está relacionada con el régimen pensionario y con las condiciones laborales y salariales de cada trabajador.
La discusión cobró fuerza luego de que organizaciones sindicales cuestionaran la manera en que se determina el monto de algunas pensiones. El planteamiento adquiere especial relevancia en los casos donde el trabajador alcanzó un salario considerablemente mayor durante la última etapa de su vida laboral.
Elsy Elizabeth Hernández Cárdenas, integrante del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, ha afirmado que el mecanismo comenzó a aplicarse de manera generalizada a finales de 2024 y ha advertido que, en determinados casos, la diferencia entre la pensión y el último salario podría llegar hasta 40 por ciento.
No obstante, los antecedentes proporcionados por el propio IPE ubican la utilización del sueldo regulador en procedimientos pensionarios desde 2017.
Un cálculo que no toma únicamente el último salario
La controversia parte de la diferencia entre el último sueldo que recibe un trabajador y la base salarial que se utiliza para determinar su pensión.
El sueldo regulador considera un promedio de los salarios de cotización establecidos conforme a la legislación pensionaria. Por esta razón, la última percepción salarial no necesariamente es la única referencia para definir el monto de una jubilación.
El impacto puede ser mayor cuando una persona obtiene un incremento salarial significativo poco antes de concluir su vida laboral, debido a que ese aumento puede haber sido registrado durante un periodo relativamente corto.
Uno de los casos que ha sido presentado públicamente por organizaciones sindicales corresponde a un trabajador que pretende que su pensión sea determinada considerando el último nivel salarial que alcanzó.
De acuerdo con la información entregada al IPE, dicho salario habría sido cotizado durante aproximadamente un año, después de que el trabajador recibiera un incremento considerable respecto de sus percepciones anteriores.
El caso refleja el punto central de la disputa: determinar si la pensión debe tomar como referencia el último salario alcanzado o el promedio salarial previsto por las disposiciones legales aplicables.
La figura existe desde antes de la actual disputa
El sueldo regulador tampoco representa una figura surgida a raíz de las recientes inconformidades sindicales.
Su incorporación se encuentra en la Ley 287 de Pensiones del Estado, aprobada en 2014, mientras que el IPE señala que comenzó a utilizarse en procedimientos pensionarios a partir de 2017.
Además, existen antecedentes de su utilización dentro de los órganos de gobierno del propio Instituto.
La documentación relacionada con las sesiones del Consejo Directivo registra que, durante 2019, Elsy Elizabeth Hernández Cárdenas acudió a reuniones de ese órgano acompañando al entonces representante de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Descentralizados de Veracruz.
Un año después, en 2020, aparece en documentación oficial como representante suplente de esa organización sindical ante el Consejo Directivo.
Las actas de ese periodo registran la discusión y aprobación de acuerdos relacionados con pensiones y jubilaciones, incluyendo asuntos en los que ya se contemplaba el cálculo mediante sueldo regulador.
La documentación también deja constancia de su participación y firma como integrante suplente de la representación sindical.
El fondo de la disputa
Con estos antecedentes, la discusión actual se concentra en la forma en que deben aplicarse las disposiciones de la Ley 287 y sus artículos transitorios, particularmente en situaciones donde los ingresos de un trabajador aumentaron de manera importante poco antes de su jubilación.
El IPE, además, considera la dimensión financiera del régimen, debido a que funciona bajo un esquema solidario en el que las aportaciones de trabajadores y patrones participan en el financiamiento de las pensiones actuales y futuras.
De esta manera, la controversia involucra dos aspectos: por un lado, la determinación del monto que corresponde a cada trabajador conforme a las disposiciones pensionarias y, por otro, la sostenibilidad financiera del sistema.
Los antecedentes disponibles establecen que el sueldo regulador forma parte de la legislación estatal desde 2014, que el IPE reporta su utilización en procedimientos pensionarios desde 2017 y que, hasta ahora, se ha aplicado en 3 mil 767 casos.
El debate actual se mantiene alrededor de los criterios para aplicar este mecanismo y de los efectos que puede producir en trabajadores que registraron incrementos salariales durante la etapa final de su trayectoria laboral.