¿Negocio de familia?
Cerco legal se cierra sobre el Ayuntamiento de Apazapan por presunto nepotismo entre alcaldesa y tesorero
* Deberán responder al recurso de revisión en un plazo de siete días hábiles
* La solicitud está relacionada con perfiles, nombramientos y declaraciones de no conflicto de interés de funcionarios municipales
* La Contraloría advirtió que la falta de respuesta podría generar presunciones sobre los actos u omisiones reclamados
Ricardo Silicieo
Xalapa, Ver., 21 de agosto del 2026.- La Contraloría General del Estado de Veracruz (CGE) abrió formalmente un procedimiento de revisión en contra del Ayuntamiento de Apazapan, derivado de un recurso relacionado con la entrega de información pública sobre funcionarios de la administración municipal.
El procedimiento quedó registrado bajo el expediente Ayunt2621066, luego de que la Dirección General de Transparencia y Protección de Datos Personales de la CGE admitiera el recurso de revisión interpuesto mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con el folio 950542226000026.

De acuerdo con la información del procedimiento, el recurso deriva de la negativa del gobierno municipal para proporcionar en formato digital información relacionada con los perfiles, nombramientos y declaraciones de no conflicto de interés de la alcaldesa Midori Cardeña Santamaría y del tesorero municipal, Mario Iván Cardeña Ortega, quienes comparten el apellido paterno.
Según lo expuesto en el recurso, en lugar de entregar la documentación solicitada en formato digital, el Contralor Interno de Apazapan, Benigno Falfán Muñiz, habría condicionado el acceso a una consulta presencial, previa cita, en el Palacio Municipal.

Tras la admisión del recurso, la Contraloría puso el expediente a disposición del Ayuntamiento de Apazapan para que, en un plazo de siete días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, presente las pruebas que considere pertinentes y formule sus alegatos.
El acuerdo también establece que, en caso de que el sujeto obligado no comparezca o no responda dentro del plazo establecido, se podrán presumir como ciertos los actos u omisiones reclamados, conforme al procedimiento correspondiente.
El recurso se encuentra relacionado con el derecho de acceso a la información pública y será la autoridad competente la que determine las acciones que correspondan una vez agotadas las etapas del procedimiento.