* Para garantizar derechos de pueblos originarios

Manuela V. Carmona/corresponsal en Orizaba y municipios de las Altas Montañas

Orizaba, Ver., 06 de julio del 2022.- Con la finalidad de garantizar que los lineamientos establecidos para acceder a una candidatura de representación de los pueblos originarios sean aceptados por todos los actores, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) funge como órgano técnico asesor de esta consulta, informó el encargado del Departamento Jurídico del instituto Carlos Daniel Esteban Romero Gutiérrez.

Entrevistado en el marco de la Consulta Previa Libre e Informada a personas, pueblos y comunidades indígenas en materia de auto adscripción calificada para la postulación de candidaturas a cargos Federales de Elección Popular realizada por el INE en Orizaba, dijo que es imperante que en este tipo de ejercicios se cumplan los estándares nacionales e internacionales.

Detalló que como órgano asesor, su tarea es vigilar que estos ejercicios cumplan su función, dejando como ejemplo la presión que hicieron sobre la consulta de la Distritación.

“Hace algunas semanas se amplió la etapa informativa de la Distritación, esto se hizo a petición del INPI nos dimos cuentas que la etapa informativa era un poquito deficiente, algo faltaba, entonces se hace una ampliación a la etapa informativa, esta es la labor principal del instituto en calidad de órgano técnico asesor. Decirle en esta caso al INE(o al órgano que corresponde), a quien hay que convocar, qué onda con los tiempos, los principios, buena fe, la flexibilidad y en esta ocasión esa es la función”.

En cuanto a las atribuciones que debe tener una persona para ser candidato, dijo que el INPI no puede definir a los candidatos, sino son los mismos pobladores quienes deben hacer ese trabajo. “Lo que se esperaría que tuviera esta persona, que quiere ser candidato, es que sea reconocido en la comunidad, que tenga un trabajo en la comunidad y que sea aceptado socialmente por la asamblea general, el arraigo se decía que pudiera ser de tres años pero eso se debe apegar con los usos y costumbres siempre y cuando no choque con tema de discriminación”.

En cuanto a las personas externas que llegan a vivir a una comunidad, dijo que aunque se tiene como opción la auto adscripción también se debe cumplir con el tema de la aceptación social,” son dos elementos importantes, decir que por tener tres años en una comunidad ya se puede promover, es muy diferente a decir que es aceptado por la asamblea; una cosa es el tiempo de residencia y otra ser aceptado para representar, por eso la aceptación social para representar es el elemento más importante”.