Claudia Sheinbaum presenta nueva regulación de seguridad para transporte y distribución de Gas LP
* Se implementarán programas de capacitación para operadores y códigos QR para monitoreo de cumplimiento
* «Antes no había inspección y se creía a la empresa; ahora sí habrá inspección», señaló
Ciudad de México, 02 de octubre de 2025.- El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Energía (SENER), presentó la Nueva Regulación de Seguridad para el transporte y distribución de Gas LP, que consta de dos nuevas normas: NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, las cuales serán enviadas para su publicación mañana 3 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, destacó que con esta nueva regulación se busca que el transporte y distribución de Gas LP cuente con mayor inspección, mediante monitoreo constante a través de GPS, regulador de velocidad y medidas de seguridad industrial para evitar fugas.

“Antes no había inspección; ahora sí. Es decir, se le creía a la empresa de acuerdo con lo que le decía la autoridad; ahora no, ahora va a haber inspección. Antes era una inspección visual nada más; ahora se tienen que hacer pruebas. Todos los vehículos que transporten Gas LP, ya sea desde un centro de almacenamiento o directamente a viviendas, comercios o para transporte vehicular, deben contar con un ‘gobernador de velocidad’, es decir, no pueden exceder los límites establecidos por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”, señaló.
“Todos tendrán un GPS y habrá un centro de monitoreo; es decir, todos los transportes de Gas LP serán monitoreados desde un centro de vigilancia de la SENER. Y tercero, entra toda la regulación relacionada con seguridad industrial, no solo transporte. Con esto se busca prevenir fugas, controlar la velocidad y mantener vigilancia permanente”, puntualizó.
La secretaria de Energía, Luz Elena González Escobar, detalló los aspectos más relevantes de las normas NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025:
Fortalecimiento de los programas de mantenimiento: Será obligatorio presentar ante la ASEA la comprobación del cumplimiento de estos programas en las unidades de transporte.
Acreditación de pruebas de seguridad: No solo se requerirán inspecciones visuales externas, sino también internas de los contenedores. Se deberán presentar pruebas de presión hidrostática de manera periódica.
Capacitación técnica y práctica: Los operadores deberán acreditar un estándar de competencia específico desarrollado por la ASEA, SICT y SENER, con aval del Consejo Nacional de Normalización, Certificación de Competencias Laborales (CONOCER).
Aditamentos obligatorios: Las unidades deberán contar con “gobernadores de velocidad” y GPS monitoreados.

La norma NOM-EM-006-ASEA-2025, referente al transporte, tendrá un plazo de cuatro meses para su cumplimiento. En el caso de la NOM-EM-007-ASEA-2025, sobre distribución, se tendrán cuatro meses para las unidades con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad mayor a 10 años; el resto contará con seis meses para demostrar cumplimiento.
Estas normas complementan acciones como la implementación de códigos QR en unidades de Gas LP y autotransportes, que permitirán verificar permisos, pedimentos de importación y demás información a través del Centro de Monitoreo de la SENER.
El director ejecutivo de la ASEA, Armando Ocampo Zambrano, puntualizó que las normas emergentes impactarán a un parque de alrededor de 35 mil unidades de transporte y distribución de Gas LP.
Adicionalmente, se implementa un programa de inspecciones conjuntas entre la SICT, la CNE y la ASEA, revisando las condiciones físico-mecánicas de las unidades, elementos de seguridad, vigencia de permisos y cumplimiento de las normas aplicables.
El titular de la SICT, Jesús Antonio Esteva Medina, informó que la dependencia ha realizado un millón de inspecciones, de las cuales 122 mil han sido en carreteras, además de más de 600 mil certificaciones.
El director general de la CNE, Juan Carlos Solís Ávila, destacó que los QR son calcomanías de fácil impresión, generadas por la CNE hasta el 15 de octubre, que deberán colocarse en tanques y cabinas de las unidades 20 días hábiles después de su entrega, bajo riesgo de multas en caso de incumplimiento.