Sin plazos para iniciar búsqueda de personas avalan reforma en materia de desaparición

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CDMX, 29 de junio de 2025.- El pleno del Senado aprobó la creación de la Plataforma Única de Identidad que contendrá la información biométrica y de actividades de los ciudadanos, así como de su historial médico, de compras, empleo, uso de telecomunicaciones, porque será la principal herramienta para localizar a personas desaparecidas, que tendrá el auxilio de diferentes instituciones para comenzar a buscarlas de inmediato.
Los centros de atención contra adicciones, los hospitales, los cementerios, los forenses, las universidades, el INE y todas las instituciones relacionadas con un desaparecido tendrán la obligación de entregar la información que posean para localizarla; de lo contrario podrán ser sancionados con multas de entre un millón y dos millones de pesos, establece la reforma.
Ninguna autoridad tendrá facultades para dilatar el inicio de la búsqueda de personas; por el contrario, deberán comenzar a trabajar en su localización desde el primer momento en que se denuncia o en cuanto se conozca incluso con una noticia, dispone.
OPOSICIÓN ALERTA DE VIOLACIONES A LA PRIVACIDAD
Ayer, Alejandra Barrales y Clemente Castañeda, de Movimiento Ciudadano; Karla Toledo, del PRI, e Imelda Sanmiguel, del PAN, alertaron que todo este mecanismo es una violación a la privacidad y pone en alto riesgo sus datos personales; Claudia Anaya, del PRI, resaltó que no hay dinero para hacer las pruebas de ADN a cadáveres, y en la mayoría de las fiscalías no existe el personal capacitado para desarrollar este trabajo.
La reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población será aprobada la próxima semana por la Cámara de Diputados y con ello comenzarán a correr los plazos perentorios para que las instituciones entreguen las bases de datos que tienen y la Secretaría de Gobernación comience a recabar los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes, para que su CURP se convierta en biométrica.
La Plataforma Única de Identidad estará integrada por el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas; la Base Nacional de Carpetas de Investigación; el Banco Nacional de Datos Forenses; registros Administrativos. Pero también por “cualquier registro, base o sistema de información de particulares que presten servicios (…) cuya consulta sea necesaria para la investigación, búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas”.
Con esta plataforma, dice la reforma, se podrá “realizar el monitoreo continuo para el seguimiento de la Clave Única de Registro de Población de una persona desaparecida o no localizada, con el fin de identificar cualquier movimiento, registro o actualización que pudiera aportar información para la investigación, búsqueda, localización o identificación”.
Además, “generar avisos en tiempo real a las autoridades competentes, cuando exista un uso de la Clave Única de Registro de Población de una persona desaparecida o no localizada en los registros de los Sujetos Obligados”.
Se crea la Base Nacional de Carpetas de Investigación de Personas Desaparecidas y No Localizadas, que “contendrá los datos de las carpetas de investigación iniciadas por los delitos de desaparición forzada y de desaparición cometida por particulares”.
Se ordena que la autoridad competente que reciba una noticia, reporte o denuncia, la deberá registrar sin dilación alguna en el Registro Nacional y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación.
Obliga la creación de Fiscalías Especializadas en desaparición, las cuales deberán contar con personal especializado, capacitado y certificado en la investigación de los delitos contemplados en la presente Ley, que deberán contar con Unidades Especializadas de Investigación, Unidades de Análisis de Contexto, Unidades de Atención y Seguimiento a Víctimas, Unidades de Búsqueda Inmediata y de larga data, así como áreas especializadas en delitos cibernéticos.
La reforma fue aprobada por separado. Los cambios a la ley contra la desaparición forzada de personas fue aprobada con 89 votos en favor y 13 en contra, todos del PRI; y la Ley General de Población con 69 votos en favor, 28 en contra y cinco abstenciones.
Sólo se admitió una de 18 reservas y fue para esclarecer los plazos para la entrega de información por parte de diversas instituciones.