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TEPJF determinó que caso Zaldívar no irá a la Corte

excelsior.com

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las denuncias por activismo electoral contra Arturo Zaldívar cuando aún era ministro no deben ir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El caso fue analizado por la Sala Superior del TEPJF el día 4 en sesión privada. Los magistrados Mónica Soto, presidenta, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña, desecharon la propuesta de su colega Reyes Rodríguez Mondragón que fue apoyada por Janine Otalora.

Consecuentemente, las quejas serán revisadas ahora por la magistrada presidenta, quien deberá proponer una nueva resolución.

Las denuncias en contra del ministro Zaldívar se presentaron por sus presuntas faltas en materia electoral porque hizo manifestaciones de apoyo a la precandidata presidencial de Morena Claudia Sheinbaum y su incorporación al equipo de campaña cuando aún era parte de la Corte.

Una vez que la abanderada difundió una fotografía con el juez constitucional, el ahora asesor jurídico de la aspirante presidencial declaró en entrevista su apoyo político y ventiló críticas en contra de la precandidata de la oposición Xóchitl Gálvez. Eso fue el 8 de noviembre.

La renuncia de Zaldívar fue concretada una semana después cuando la aceptó y aprobó el Senado.

El denominado Movimiento Político Restaurador de México A.C., y la abanderada Gálvez denunciaron ante el INE al ministro, alegando que incurrió en actos anticipados de campaña, indebido ejercicio del cargo, vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad, y equidad en la contienda en el marco del proceso electoral federal 2023-2024 y Violencia política de género en contra de la precandidata del PAN, PRI y PRD.

A finales de noviembre la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE admitió las denuncias e inició la investigación. Ante este hecho, Zaldívar impugnó ese trámite ante el TEPJF.

En la última semana de diciembre se dio a conocer la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, en la que proponía consultar a la SCJN sobre la autoridad competente para conocer del caso.

Alegaba el juez electoral que el caso debía analizarse por la Corte porque los hechos denunciados sucedieron cuando el Senado aún no aceptaba la renuncia.

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que las responsabilidades administrativas de las y los ministros son de conocimiento exclusivo del Pleno de la SCJN.

En su proyecto, Reyes Rodriguez planeta a que lo anterior podría interpretarse como que ninguna otra autoridad puede someter a los ministros a procedimientos por ese tipo de responsabilidades.

Tampoco existe una norma que defina si el Tribunal Electoral puede impartir justicia sobre el comportamiento en esta materia de un ministro de la SCJN.

En la ponencia se sugería la intervención de la SCJN para definir el sentido y alcance de las normas que regulan su competencia sobre las responsabilidades administrativas de las y los ministros.

Y se planteaba consultar si el Tribunal Electoral y las autoridades electorales pueden procesar y, en su caso, someter a un ministro o ministra de la SCJN a un procedimiento sancionador previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Ante el rechazo de esa ruta, la magistrada presidenta propondrá a la Sala Superior una resolución respecto a si Zaldívar cometió o no las faltas denunciadas.

 

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