Milenio

El 71o. Tribunal Ordinario de lo Civil en Ciudad de México otorgó providencias precautorias a Oceanografía para que Banamex se abstenga de realizar la transmisión de acciones, hasta en tanto no se resuelva el juicio vigente y garantice el pago de 5 mil 200 millones de dólares.

Estas providencias tienen por objeto impedir que el demandado eluda el cumplimiento de sus obligaciones o el resultado del juicio que se ha promovido o se intente promover en su contra.

“(Banco Nacional de México, integrante de Grupo Financiero Banamex, debe abstenerse) se abstenga a realizar la venta o transmisión de acciones, activos y demás bienes tangibles e intangibles, hasta en tanto no se resuelva en sentencia definitiva el juicio principal”, dice Mario Salgado Hernández, juez Septuagésimo Primero de lo Civil en Ciudad de México.

Por su parte, Betancourt dijo que “ellos han hecho públicas sus intenciones de vender Banamex a partir de marzo de este año, por lo que tenemos el temor fundado de que se vayan del país sin cumplir con las obligaciones de resoluciones que dicte un tribunal».

«Para que eso no suceda, fue que le pedimos al tribunal que impida la venta del banco hasta en tanto se acabe el juicio o dejen garantizado el monto que estamos solicitando, que es de 5 mil 200 millones de dólares. Cualquiera de las dos cosas», agregó.

Aclaró que la venta del banco quedaría suspendida durante los próximos dos años que se espera que dure el juicio, a menos de que la compañía decida pagar el monto reclamado por daños y perjuicios.

A la par, el tribunal dictó como medida que Citibanamex se abstenga de realizar acuerdos, asambleas o cualquier acto corporativo tendiente a aprobar el vender, donar, usufructuar o por cualquier medio afectar la cartera de clientes activos y pasivos; de bienes y servicios que menoscaben el valor de la institución y su salida del suelo mexicano.

“Dada su finalidad, constituyen herramientas que van a permitir que la materia del litigio se conserve y pueda ser efectiva una sentencia o resolución que resuelva la controversia o el procedimiento, o bien, que se cause un grave daño a una de las partes o al interés social”, señala un documento firmado por el Tribunal Superior de Justicia de Ciudad de México.